Finalmente el Ministerio de Hacienda acaba de hacer efectiva la posibilidad de realizar el trámite de la devolución del IRPF por maternidad y paternidad en su página web.
La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018) fija como doctrina legal que “Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.
Para solicitar la devolución se distinguen los siguientes supuestos: