Se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En ella se estableces que, en aquellos territorios que hayan pasado a la Fase 1, los centros educativos podrán reabrir para su desinfección y para realizar tareas administrativas. En su artículo 18 indica que durante la realización de estas tareas, deberá garantizarse una distancia física de dos metros entre trabajadores y que será responsabilidad de los directores de los centros educativos determinar el personal docente y auxiliar necesario para llevar a cabo dichas tareas, garantizar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas y proveer a los trabajadores del material de protección necesario.