El permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento es un subsidio que se reconoce a las personas trabajadoras por suspender su contrato de trabajo durante 16 semanas, con motivo del nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo o hija.
La cuantía a percibir es el equivalente al 100% de la base reguladora que se tenga establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, tomando como referencia la fecha de inicio del período de descanso, y está exenta a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.