Se ha publicado el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, incorporando medidas que derivan de la recomendación número 12 del Pacto de Toledo y del acuerdo alcanzado el pasado 31 de julio de 2024 en la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social y Pensiones.
Es el cuarto año que se revalorizan las pensiones de acuerdo con el IPC: un 2,8% en 2025, un 3,8% en 2024, un 8,5% en 2023 y un 2,5% en 2022. Así, la pensión media de jubilación pasará de 1.441 euros mensuales en 2024 a 1.481,35 en 2025, lo que supone un incremento de 564,87 euros al año. La pensión media del sistema, considerando todas las modalidades de pensiones y prestaciones, aumenta en torno a 500 euros anuales.
La reforma recupera para los trabajadores fijos-discontinuos el coeficiente multiplicador el 1,5 en el cálculo de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia. Además, modifica el Estatuto de los Trabajadores, por lo que respecta a la figura del contrato de relevo, regulada en el artículo 12, para adaptarlo a la nueva regulación de la jubilación parcial.
Las modificaciones en la LGSS y Estatuto de los Trabajadores (contrato de relevo) entrarán en vigor el 1 de abril de 2025, si bien, en el plazo de los 30 días siguientes a su publicación deberá ser debatida y votada su ratificación o convalidación en el Congreso.
- La pensión mínima para los pensionistas de 65 años o mayores se fija en 12.241,60 euros anuales y en 15.786,40 en el caso de jubilados con cónyuge a cargo. Los menores de esa edad recibirán 11.452 euros y 15.786,40 si tienen cónyuge a cargo.
- Las pensiones mínimas subirán alrededor del 6% en 2025, las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital se revalorizarán un 9%, y las de viudedad con cargas familiares un 9,1%.
- Las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social de invalidez y jubilación tendrán un importe anual de 7.905,80 euros.
- Las pensiones no contributivas del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) se revalorizarán en un 6% para 2025, lo que supone alcanzar los 560 euros mensuales en el caso de las no concurrentes con otras pensiones públicas y los 543,60 para las concurrentes.
- La asignación no contributiva por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 65% alcanza en 2025 los 5.805,6 euros al año. Si la discapacidad es igual o superior al 75% se sitúa en 8.707,20 euros.
- Las prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer, experimentarán en 2025 un incremento igual al que se apruebe para el salario mínimo interprofesional para ese año.
- El complemento para la reducción de la brecha de género de las pensiones contributivas queda fijado para 2025 en 35,90 euros mensuales. Es el resultado de sumar un 5% adicional al porcentaje general de revalorización del 2,8%.
- Por su parte, la cotización por el concepto del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) se establece en el 0,8% con una distribución del 0,67% a cargo del empresario y del 0,13% del trabajador.
Edades de jubilación en 2025:
- Jubilación ordinaria: 66 años y 8 meses, con menos de 38 años y 3 meses cotizados y 65 años, con más de 38 años y 3 meses cotizados.
- Jubilación anticipada voluntaria: 64 años y 8 meses, con menos de 38 años y 3 meses cotizados y 63 años, con más de 38 años y 3 meses cotizados.
- Jubilación anticipada no voluntaria o forzosa: 62 años y 8 meses, con menos de 38 años y 3 meses cotizados, y 61 años, con más de más de 38 años y 3 meses cotizados.
Cartel en versión para imprimir
Límite de ingresos para el reconocimiento de cuantías mínimas de pensión:
- Sin cónyuge a cargo: 9.193 euros al año.
- Con cónyuge a cargo: 10.723 euros al año.
Más información:
Documento con información para afiliados de FSIE
BOE de 24 de diciembre de 2024
Para cualquier consulta que pueda surgir, te invitamos a que contactes con el sindicato FSIE que se encuentra en tu provincia. Puedes conocerlo en este mapa.