Los trabajadores de la enseñanza concertada de la Comunidad de Madrid ganan la sentencia por la paga extraordinaria de navidad del año 2012 que les fue descontada del complemento autonomico, tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
FSIE Madrid expresa su satisfacción por el fallo del tribunal, a favor de los trabajadores, ante la demanda por conflicto colectivo planteado por los sindicatos FSIE Madrid, FEUSO, FETE-UGT, FE-CCOO. Si bien es cierto que frente al fallo, cabe interponer recurso de casación y es previsible que la Comunidad lo presente, la sentencia favorece claramente a los trabajadores de la enseñanza concertada.
FSIE Madrid expresa su satisfacción por el fallo del tribunal, a favor de los trabajadores, ante la demanda por conflicto colectivo planteado por los sindicatos FSIE Madrid, FEUSO, FETE-UGT, FE-CCOO. Si bien es cierto que frente al fallo, cabe interponer recurso de casación y es previsible que la Comunidad lo presente, la sentencia favorece claramente a los trabajadores de la enseñanza concertada.
FSIE Madrid pedirá la ejecución de la sentencia para que los trabajadores reciban lo detraído del complemento autonómico.
La Sala de lo Social expone en su fallo que: "Debemos declarar y declaramos el derecho del personal laboral consistente en el profesorado de los centros educativos privados de la Comunidad de Madrid que percibe sus retribuciones salariales con cargos a fondos públicos, ya sea a través de nómina de pago delegado o mediante sistema de módulo íntegro, a percibir las cantidades correspondientes a la paga extraordinaria de Navidad del año 2012 devengada durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de julio".
Por lo tanto la sección número 2 de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid estima que se abone la cantidad correspondiente, para cada trabajador por Grupo y Nivel profesional, de la paga extraordinaria de navidad devengada en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de julio de 2012 (fecha de entrada en vigor del decreto).
FSIE Madrid seguirá trabajando para que los profesionales de la enseñanza privada, concertada y de atención a personas con discapacidad puedan seguir manteniendo sus derechos y sus puestos de trabajo.
La Sala de lo Social expone en su fallo que: "Debemos declarar y declaramos el derecho del personal laboral consistente en el profesorado de los centros educativos privados de la Comunidad de Madrid que percibe sus retribuciones salariales con cargos a fondos públicos, ya sea a través de nómina de pago delegado o mediante sistema de módulo íntegro, a percibir las cantidades correspondientes a la paga extraordinaria de Navidad del año 2012 devengada durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de julio".
Por lo tanto la sección número 2 de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid estima que se abone la cantidad correspondiente, para cada trabajador por Grupo y Nivel profesional, de la paga extraordinaria de navidad devengada en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de julio de 2012 (fecha de entrada en vigor del decreto).
FSIE Madrid seguirá trabajando para que los profesionales de la enseñanza privada, concertada y de atención a personas con discapacidad puedan seguir manteniendo sus derechos y sus puestos de trabajo.
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