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APROBADA LA REFORMA DE PENSIONES EN EL CONGRESO

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La Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso ha aprobado hoy la ponencia del proyecto de Ley sobre Actualización, Adecuación y Modernización del sistema de la Seguridad Social con los votos a favor de PSOE y de CIU y con la abstención del PNV, mientras que el PP y BNG votaron en contra. El grupo socialista salva así una fase decisiva en la tramitación para la aprobación de la reforma de las pensiones, que pasará ahora al Senado sin necesidad de votación en el pleno del Congreso, para estar lista en julio.

La principal medida de dicha reforma es retrasar dos años (hasta los 67) la edad legal de jubilación actual, aunque seguirá permitiendo retirarse a los 65 años a aquellos trabajadores que hayan cotizado 38 años y medio.

 

 
Durante el debate en la Comisión, la mayoría de los grupos parlamentarios lamentaron que la reforma no se haya discutido en pleno y tanto PP, como ERC-IU-ICV y el Grupo Mixto criticaron la subida de la edad de jubilación.
 
 
MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN LA REFORMA
 

Se empezará a aplicar a partir de enero de 2013 y hasta 2027, también eleva de los actuales 15 años a 25 el período que se tendrá en cuenta para calcular la pensión.

Incluye a los empleados de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2012, con el fin de equiparar sus derechos y deberes con los restantes trabajadores.

En caso de baja de la actividad laboral, a partir del noveno día la incapacidad temporal correrá a cargo de la Seguridad Social (ahora es a partir del día 25), y los empleadores pagarán desde el cuarto día hasta el noveno.

Las empresas de más 500 trabajadores que obtengan beneficios y que inicien o hayan iniciado desde el 27 de abril de 2011 un expediente de regulación de empleo (ERE) tengan que asumir el pago del subsidio por desempleo de los despedidos.

La base reguladora de la pensión de viudedad del 52 % actual al 60 % para las personas que tengan 65 años o más y no tengan otra pensión pública y mejora fiscalmente las pensiones de viudedad que acumulen rentas del trabajo con otras pensiones. Se establece un mecanismo "corrector de la progresividad".

Se incluyen beneficios por cuidado de hijos menores y establece como periodo cotizado 112 días por cada hijo o menor adoptado o acogido. Un periodo que se incrementará anualmente a partir de 2013 y hasta 2018 a 114 días por año e hijo, hasta un máximo de 270 días por hijo.

Se incluye el cómputo a efectos de Seguridad Social del periodo del servicio militar obligatorio, así como mejoras en la pensión de orfandad ya que tendrá derecho a ella cada hijo que, al fallecer el causante, sea menor de 21 años o esté incapacitado para el trabajo.

Se prevén seguros colectivos para aquellos que atienden a personas dependientes, así como que el cónyuge del titular de un negocio familiar que haya estado trabajando en dicho negocio sin cotizar a la Seguridad Social pueda reclamar durante el proceso de separación, divorcio o nulidad del matrimonio que se le reconozca ese periodo trabajado.