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PUBLICADO EN EL BOE EL RD 10/2020 QUE ESTABLECE EL NUEVO PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE

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RD 102020Ayer a última hora de la noche se publicó en el BOE el “Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19”.

Con el objetivo de evitar al máximo los desplazamientos de trabajadores y reducir al mínimo posible la movilidad de las personas se aprueba un “permiso retribuido recuperable” de carácter obligatorio para aquellos personas que no desempeñen su labor en los sectores y actividades considerados esenciales.

Este nuevo Decreto exime de la obligación de trabajar desde este lunes 30 de marzo al 9 de abril ambos inclusive. Salvo que haya sido imposible interrumpir en esta fecha la actividad los trabajadores podrán acudir el día 30 para realizar las tareas imprescindible que permitan aplicar al día siguiente el permiso.

Durante estos días los trabajadores quedan exonerados de realizar la jornada, perciben el salario y recuperarán a las horas no trabajadas con posterioridad.

Este complemento y esta situación laboral no es de aplicación a quienes vienen realizando teletrabajo, a quienes están en situación e IT o con el contrato suspendido por cualquier causa legal, a quienes ya están en un ERTE por suspensión o se solicite por la empresa durante la vigencia de este permiso o a quienes trabajan en las actividades que figuran en el Anexo del Decreto Ley como esenciales y cuyos trabajadores deben seguir asistiendo a sus puestos de trabajo.

Puedes consultar el resumen del decreto que hemos preparado aquí.

Documentos relacionados:

Real-Decreto ley 10/2020_BOE