Comunicación

Featured

TE RESUMIMOS LAS MEDIDAS URGENTES PARA PALIAR EL IMPACTO DE LA CRISIS SANITARIA DECRETADAS POR EL GOBIERNO EN EL RD 8/2020

Pin It

RD 82020En la reunión del Consejo de Ministros de este martes el Gobierno aprobaba un paquete de medidas urgentes destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus que se materializaba en el Real Decreto 8/2020, publicado en el BOE de 18 de Marzo.

Esta norma refuerza las iniciativas implementadas con anterioridad y supone la movilización de hasta 200.000 millones de euros, cerca de un 20% del Producto Interior Bruto (PIB), para afrontar las consecuencias de la pandemia que, tras la declaración del Estado de Alarma con el fin de contener la expansión del virus, ha afectado seriamente la actividad productiva, la prestación de servicios y el bienestar de la población. Las medidas se centran en cuatro áreas prioritarias como son las familias, los trabajadores, las empresas e investigación.

Las ayudas a las familias más vulnerables irán destinadas a financiar las prestaciones básicas de los servicios sociales, con especial atención a la asistencia domiciliaria a personas mayores y dependientes, y a proteger los suministros de energía, agua y telecomunicaciones. Además, con el objeto de garantizar el derecho a la vivienda, se establece una moratoria en el pago de las hipotecas para los ciudadanos en situación de especial vulnerabilidad.

En el apartado destinado a la protección del empleo se establece el teletrabajo, siempre que sea posible, como medida prioritaria de flexibilización, y se refuerza el derecho de los trabajadores a adaptar o reducir su jornada laboral como medida de conciliación a fin de facilitar la atención de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad. Las medidas en este área priorizan la suspensión de los contratos y la reducción de las jornadas frente al despido por lo que prestan especial atención a los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTES) como método de gestión de los ajustes temporales de plantilla. Serán considerados de fuerza mayor, los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no cumplan el requisito de cotización mínima, y el período por el que la perciban no se descontará del paro generado hasta ese momento por su actividad por cuenta ajena.

Además, el ejecutivo ha aprobado la creación de una línea de avales y garantías públicas para garantizar la liquidez del tejido empresarial evitando que esta situación temporal genere problemas de solvencia, y una dotación de 30 millones de euros destinados a investigación para desarrollar una vacuna contra el covid19.

Documentos relacionados:

Resumen del RD 8/2020

Moratoria de deuda hipotecaria