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NOVEDADES SOBRE EL PERMISO POR PATERNIDAD Y LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A LA JUBILACIÓN AL 100%

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Boletin Paternidad y JubilacionDesde el 1 de enero de 2020 el permiso de paternidad se amplía a 12 semanas.

  • Las cuatro primeras semanas de baja paternal son obligatorias y deben disfrutarse inmediatamente después del parto.
  • Las ocho semanas restantes se pueden disfrutar de forma consecutiva a las cuatro anteriores, o en cualquier momento durante el primer año de vida del bebé, siempre en periodos semanales preavisados a la empresa con 15 días de antelación.
  • Este permiso es retribuido al 100% e intransferible.
  • Las madres tienen un permiso de maternidad de 16 semanas. Las seis primeras semanas son también obligatorias después del parto. Las diez restantes se deben también tomar de forma consecutiva a las seis anteriores o durante los primeros doce meses de vida del bebé.
  • Las madres podrán ceder hasta dos de sus semanas no obligatorias al otro progenitor.

Además, se modifican los requisitos para poder acceder a la jubilación al 100%.

  • La edad de jubilación al 100% se eleva este año 2020 hasta los 65 años y 10 meses cumplidos para quienes acrediten menos de 37 años de cotización.
  • Si se han cotizado 37 años o más, se podrán jubilar al 100% quienes tengan 65 años cumplidos.
  • Se requieren al menos 15 años de cotizaciones, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.
  • El periodo de cálculo de las pensiones en el momento de la jubilación será de 23 años.

Para más información o cualquier consulta al respecto no dudéis en acudir a la sede del sindicato más cercana ¡estaremos encantados de ayudaros!

Documentos relacionados:

Boletín 113_Permiso de Paternidad y Jubilación al 100%