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FSIE VALORA POSITIVAMENTE LA SENTENCIA DEL SUPREMO QUE CONFIRMA LA LEGALIDAD DEL VI CONVENIO DE ENSEÑANZA CONCERTADA

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FSIE valora muy positivamente la sentencia 780/2016, de 27 de septiembre, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y dada a conocer esta semana, por la que se confirma la sentencia 14/2015 de la Audiencia Nacional, de 5 de febrero de 2015, que desestima el recurso interpuesto por Comisiones Obreras (CCOO) en el que este sindicato pedía impugnar y anular varios artículos del VI Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

CCOO había pedido la anulación de los artículos del convenio relacionados con el pago delegado de los salarios de los docentes de los centros concertados, solicitando que se anulasen los mismos y pidiendo que fueran las empresas las responsables del abono de sus sueldos y no solo la administración pública.

El Supremo es contundente en su dictamen y confirma que los salarios en pago delegado han de ser abonados por la administración y no por las empresas, como establece el convenio, la legislación vigente y abundante jurisprudencia al respecto.

La sentencia y la firma del VI Convenio por parte de FSIE, junto a las organizaciones sindicales USO y UGT, aseguran el pago delegado de sueldos a los docentes de la enseñanza concertada y, como reitera el Alto Tribunal, los mecanismos pactados en el convenio así lo hacen y son absolutamente legales.

La impugnación de CCOO amenazaba la estabilidad salarial de 130.000 trabajadores del sector de la enseñanza concertada que ahora queda garantizada por una sentencia que impide que se produzca un grave perjuicio a todos 

 
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