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FSIE ACUDE AL SIMA PARA DEFENDER LOS DERECHOS DE LOS PROFESIONALES DEL CONVENIO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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En el día de hoy FSIE ha acudido al Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje para intentar llegar a un acuerdo con las organizaciones firmantes del XIV Convenio en relación a la retroactividad del artículo 35 del XIV Convenio Colectivo.

 
FSIE lamenta que en el acto de mediación celebrado hoy NO HAYA HABIDO ACUERDO debido a que las organizaciones firmantes del XIV convenio (AEDIS, FEACEM, FE-CC. OO. y FETE-UGT) consideran que lo firmado y publicado en el convenio se ajusta a la legalidad y, por lo tanto, no cabe mediación ni solución alguna que no pase por la vía judicial. Además de FSIE y las organizaciones firmantes del XIV Convenio también han participado en la Mediación las patronales CONACEE y ANCEE junto al sindicato CIG.
 
FSIE, manteniendo su actitud de diálogo y negociación, ha propuesto en el acto de mediación de hoy la posibilidad de desistir de esta demanda si las partes aportaban alguna sentencia de la “abundante legislación del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional” que argumentara su postura tal y como respondieron en la consulta que la Comisión Paritaria realizó FSIE.
 
Desde FSIE entendemos que la aplicación del artículo 35 del XIV Convenio, es decir, la supresión de los complementos salariales de antigüedad y de mejora de la calidad no debe hacerse en la fecha que figura en el convenio (1 de julio de 2012) sino a partir de la fecha de publicación en el BOE que es cuando el convenio cobra vigencia.
 
La aplicación de esta “retroactividad” supondrá que los profesionales de este convenio que hayan generado un trienio más durante el periodo de firma del convenio hasta su publicación en el BOE no puedan cobrarlo, generándoles una pérdida salarial para el resto de su vida profesional.
 
El artículo 35 en relación a los complementos de antigüedad y de mejorar de la calidad, afirma que:
"1. Quedan suprimidos los complementos salariales de antigüedad y de mejora de la calidad que venían regulados en el XIII Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, de modo que a partir del 1 de julio de 2012 ya no se devengarán dichos complementos.
2. No obstante lo anterior, con carácter transitorio, hasta el 30 de junio de 2012, todo el personal tendrá derecho a percibir el citado complemento de antigüedad por cada periodo de tres años de servicios efectivos prestados a la empresa. El importe de cada trienio se hará efectivo en la nómina del mes de su vencimiento."
 
Este convenio fue firmado por las organizaciones patronales AEDIS y FEACEM y las organizaciones sindicales FE-CC. OO. y FETE-UGT el pasado 12 de julio de 2012, publicándose en el BOE el 9 de octubre de 2012, fecha en la que tiene plena vigencia.