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DÉCIMOTERCERA REUNIÓN DE LA MESA NEGOCIADORA DEL XIV CONVENIO DE CENTROS UNIVERSITARIOS Y DE INVESTIGACIÓN (DICIEMBRE 2023)

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IX Convenio Colectivo de Colegios Mayores Universitarios FSIESe ha celebrado una nueva reunión de la mesa negociadora del XIV Convenio Colectivo de Centros Universitarios e Investigación. La patronal nos traslada una propuesta del texto del Convenio Colectivo que recoge el trabajo anteriormente realizado en las reuniones de mesa.

  • Propuesta salarial de incremento global del 14% para los años 2023, 2024 y 2025.
  • Vigencia del convenio hasta 31 de diciembre de 2027.
  • Adaptación legal de la normativa laboral en materia de contratación teniendo en cuenta las especificidades de la LOSU y la Ley de Ciencia.
  • Adaptación de la clasificación profesional a la normativa educativa (LOSU y Ley de la Ciencia) e implementación de categorías profesionales en respuesta a las realidades de muchos centros. Nos proponen la creación de un nuevo subgrupo dentro del Grupo I de Personal Docente e Investigador que se corresponde con el personal docente sin investigación y auxiliar de actividades docentes; y nuevas categorías a título enunciativo dentro del subgrupo tres del personal investigador. Nuevo nombre para el Grupo II. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios, e inclusión de una nueva categoría que se corresponde con la de técnico administrativo.
  • Adaptación legal de los permisos y suspensiones al Real Decreto 5/2023.
  • Actualización de las faltas y sanciones del convenio en materia de acoso, propiedad intelectual y persecución de la corrupción (Ley2/2023, de 20 de febrero de  protección del informante.)
  • Implementación de la regulación del registro de jornada.

En el texto ya se recoge parte de las aportaciones realizadas por FSIE, junto con el resto de las organizaciones sindicales.

Al margen de erratas, duplicidades y anacronismos, se ha eliminado algunas cuestiones que por su redacción generaban ciertas dudas y cuya interpretación podría dar lugar a una aplicación desfavorable para los intereses de los trabajadores. En este sentido se han eliminado entre otras cuestiones:

  • La reducción de la indemnización para la finalización total (extinción) de los contratos fijos discontinuos a 12 días.
  • La inclusión de actividades que responden a la naturaleza propia de los contratos fijos discontinuos.

Se ha logrado incrementar los porcentajes de la remuneración en los contratos formativos, en relación al establecido legalmente, pasando a ser del 80% y 90% de la categoría en los contratos de formación en alternancia para el primer y segundo año respectivamente; y del 90% para los contratos formativos para la obtención de la práctica habitual.

En relación a la propuesta salarial, FSIE y el resto de las organizaciones sindicales, hemos trasladado a las patronales tres cuestiones:

  • La necesidad de un incremento salarial superior al ofrecido.
  • La necesidad de un complemento a las funciones directivas.
  • Unas tablas salariales para todos los años de vigencia del Convenio, o bien, reducir la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2025.

Tras varios recesos las patronales han accedido a conceder un complemento a la función directiva (por concretar), incrementar los salarios en un 19% para el periodo de vigencia del Convenio, distribuida esta cantidad de la siguiente manera: 5% en 2023, 2024 y 2025 y 2% en 2026 y 2027 (revisable dentro del primer trimestre del año 2026 y 2027, respectivamente).

Texto final del Convenio y valoración

Las patronales nos darán con anterioridad a la próxima reunión de mesa negociadora, fijada para el día 12 de enero de 2024, el texto final del Convenio.

Una vez tengamos el texto definitivo del convenio haremos una valoración final del mismo. No obstante, dada la necesidad perentoria de adaptación legal a la normativa laboral y educativa, la necesidad de dar respuesta a comportamientos reprochables que atacan a la dignidad de la persona y a la propiedad intelectual, se hacen necesarias las modificaciones del Convenio que se han trabajado en materia de contratación, clasificación profesional, régimen disciplinario e implementación del registro de jornada. Esta adaptación se ha llevado a cabo, desde nuestro punto de vista, sin generar un perjuicio a los trabajadores y salvaguardando los derechos laborales y salariales. Todas estas cuestiones valoradas de forma conjunta a la propuesta salarial nos hacen dar una valoración, a priori, positiva del texto.