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PUBLICADO EN EL BOE EL SMI PARA 2025: 1.184 EUROS BRUTOS MENSUALES

smi 2025

El Consejo de Ministros ha aprobado la subida del 4,41% del SMI, hasta los 1.184 euros brutos al mes en 14 pagas. El SMI quedará fijado en los 16.576 euros brutos anuales. La mejora tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero.

A los efectos del salario mínimo, ¿Se tiene en cuenta las retribuciones en especie?
No, están expresamente excluidas en la norma.

¿Qué retribuciones se tienen en cuenta a efectos del cómputo del SMI?
El salario mínimo interprofesional no debe identificarse, exclusivamente, con el importe percibido en concepto de salario base, sino que la comparación debe integrar todos los conceptos que viniesen percibiendo los trabajadores, tales como el complemento de antigüedad (trienios) en el caso concreto de la enseñanza concertada, o CPP en educación infantil, CDP en privada, N1 en discapacidad, así como cuales quiera otros complementos retributivos de carácter autonómico o del ámbito de la empresa.

¿Qué retribuciones quedarían excluidas a efectos del límite salarial marcado por el SMI?
Aquellos que en el Convenio Colectivo vengan expresamente excluidos como compensables o absorbibles a los efectos del SMI. Además de aquellos conceptos salariales que respondan a un complemento extrasalarial de naturaleza indemnizatoria (dietas) o que, sin serlo, sea un concepto salarial derivado del ET como la nocturnidad o las horas extras.

¿Cómo afecta el SMI sobre los Convenios?
Aquellos convenios que en algunas de sus categorías tengan recogidos salarios que en su conjunto y en cómputo anual estén por debajo del SMI deben ser revisados algunos/todos sus complementos o establecidos complementos para el conjunto de todos ellos alcancen el SMI.

¿Desde qué fecha se debe tener en cuenta el SMI?
Se aplica con carácter retroactivo, a partir del 1 de enero de 2025.

¿Las subidas son automáticas?
Independientemente de lo establecido en el convenio colectivo de aplicación el SMI debe aplicarse por las empresas de forma automática. Sin perjuicio de que la mesa negociadora pueda hacer una revisión y actualización de sus conceptos salariales para adaptarlos al SMI del 2025.

¿Qué procedimiento debo seguir para realizar la reclamación?
En primer lugar, habría que reclamar a la empresa que revise la adaptación del salario al límite del SMI. Si tuvieses duda de la respuesta de tu empresa, ponte en contacto con el responsable de FSIE en tu centro para que te dé su opinión sobre la adaptación de tu salario con relación al SMI y valore la necesidad de emprender un proceso de reclamación de cantidad judicial, previo agotamiento de la preceptiva vía conciliatoria.